En este artículo voy a explicar sobre el Proceso de Divorcio en nuestro país, es aclarar que nuestro Código de Familia en su artículo 105 establece que el Divorcio es la disolución del vínculo matrimonial decretado por el Juez.
Otra definición de Divorcio que puedo mencionarles es la siguiente: es la separación legal de los cónyuges decretada por el juez competente a petición de uno o ambos, con base a lo establecido por la ley”.
Es de aclarar que la solicitud o demanda para iniciar el Proceso de Divorcio, debe ser presentado ante las autoridades judiciales correspondientes, es decir Juzgados con competencia en el ámbito de Familia, y por un Abogado debidamente acreditado por la Corte Suprema de Justicia.
Nuestra legislación de Familia, establece tres causales en específico por las cuales se puede promover un Proceso de Divorcio en nuestro país las cuales son las siguientes:
- Mutuo Consentimiento de los Conyugues
- Por separación de mas de un año
- Por Vida Intolerable de los Cónyuges (intocabilidad de caracteres)
A continuación explicaré acerca de cada una de las causales antes mencionadas, con la finalidad que los lectores de este artículo, puedan identificarlas y tener una mayor claridad al momento…………
- Divorcio por Mutuo Consentimiento:
Este Proceso de Divorcio requiere como su misma palabra lo dice, que ambos cónyuges tengan el deseo de terminar el vínculo matrimonial, y además de eso, cuando hay hijos en común menores de edad, deben ponerse de acuerdo en lo que concierne a los derechos referente a los mismos, tales como quién ejercerá su cuidado personal y representación legal, cuál será la cuota de alimentos que el progenitor que no viva con ellos, aportará en beneficio de sus hijos, cuál será el régimen de visita, relación y trato con el cual se quedará aquel relacionándose con sus hijos, y además deben consensuar si existirá para alguno de los cónyuges beneficio de índole económico como pensión compensatoria, o cuota de alimentos especial.
- Por estar Separados los Cónyuges por Uno o Más Años Consecutivos.
En esta causal de divorcio la pareja debe haber permanecido viviendo en casas diferentes por más de doce meses y poder presentar las pruebas pertinentes, en el momento procesal oportuno, ya que con la aportación de dichos elementos probatorios se le demostrará al juez que la relación de los hechos establecidos en la demanda, son verídicos y que se cumple con los requisitos necesarios para que se pueda decretar el Divorcio.
Los puntos más comunes y difíciles en los que hay desacuerdo son la repartición de bienes materiales y la custodia de los hijos. Aquí generalmente es donde la pareja recurre a todo tipo de argumentos para salir bien librados ante el juez.
Es de hacer la aclaración que en esta causal de Divorcio, la distribución de los bienes en el divorcio depende del régimen patrimonial que se escogió antes del matrimonio.
- Por ser Intolerable la Vida en Común entre los Cónyuges
Este tipo de causal se puede ejercer, cuando concurran motivos suficientes que pongan en manifiesto el incumplimiento grave o reiterado de los deberes del matrimonio, como por ejemplo Infidelidad, Falta de respeto, etc. Mala conducta notoria de alguno de ellos o cometer un hecho grave, regularmente esta causal tiene especial connotación ya que puede estar ligada a otros procesos entre ellos procesos penales. Se entiende que esta causal puede ser alegada o invocada, por incumplimiento grave o reiterado de los deberes del matrimonio, mala conducta notoria de uno de ellos o cualquier hecho grave o semejante.
La Distribución de Bienes en el Proceso de Divorcio.
Es de mencionar que muchas personas, tienen diversas interrogantes de cómo se realiza la repartición de bienes, al momento de iniciar un Proceso de Divorcio, es por eso que en este artículo voy a explicar los tipos de Régimen Patrimonial los cuales son los siguientes:
- EN COMUNIDAD DIFERIDA:
En este tipo de Régimen Patrimonial consiste en que la pareja acepta que los bienes producidos dentro del matrimonio se dividen en partes iguales cuando se divorcian.
Una pensión compensatoria es pedida generalmente por quien se encuentra en una situación económica vulnerable después del divorcio. El juez evalúa el tiempo del matrimonio, si posee una profesión, la edad, estado de salud, el aprovechamiento de uno sobre el otro, etc. para establecer una cuota económica.
- PARTICIPACIÓN EN LAS GANANCIAS:
En este tipo de Régimen Patrimonial podemos mencionar que cada uno de los cónyuges adquiere derecho a participar en las ganancias obtenidas por su pareja, durante el tiempo que esté vigente el referido régimen. Es decir que a cada uno de los cónyuge le corresponde la administración, el disfrute y la libre disposición de los bienes que le pertenecían antes del matrimonio, como los que adquiera después a cualquier tipo de adquisición que la legislación salvadoreña estipula, es de aclarar que si la pareja adquiere conjuntamente algún bien les pertenecerá en proindivisión es decir ambos serán los propietarios.
Es importante destacar que en este régimen la ley estipula la creación de dos patrimonios uno inicial y otro final de cada cónyuge a efecto de determinar las ganancias que se han adquirido durante el matrimonio.
- SEPARACION DE BIENES:
La Separación de Bienes, podemos mencionar que se caracteriza porque cada cónyuge conserva la propiedad, la administración y la total disposición de los bienes que tuvieren al contraer matrimonio y sus respectivos frutos, de igual manera estas características se aplican a aquellos bienes que son adquiridos dentro del matrimonio.
En SKYLAW INTERNATIONAL, puedo mencionar que poseemos una amplia experiencia en todo tipo de Procesos de Divorcio, es por eso que en este primer artículo hemos abordado puntos muy importantes, sobre dichos Procesos en materia de familia, en el próximo artículo explicare cada uno de los requisitos que se necesitan presentar al Juzgado competente, para poder iniciar un Proceso de Divorcio. Puedes contactarnos para proporcionarte una mejor asesoría de forma personalizada sobre tu caso.
Saludos Cordiales
Verónica Jimenez, Socia de SKYLAW INTERNATIONAL